Universidad de Boyacá e Instituto de Estudios del Futuro

Reglamentación del uso de IA en la UdeB

Consulta aquí todo lo que debes saber acerca del uso de la Inteligencia Artificial en la UdeB.

Marco normativo en la UdeB

La normativa institucional sobre Inteligencia Artificial se compone de dos acuerdos del Consejo Directivo, complementarios entre sí:

Acuerdo 1904 de 2025

Reglamento Institucional para el Uso de la Inteligencia Artificial. Define principios, deberes, derechos y régimen disciplinario para toda la comunidad universitaria.

Acuerdo 1944 de 2026

Adopta el formato FOR-IA-001, fija los momentos en que se presenta y establece los límites porcentuales de uso de IA por tipo de trabajo académico.

Principios de uso de la IA en la UdeB

Centralidad Humana

La tecnología de IA es una herramienta al servicio de las personas. La interacción humana, el pensamiento crítico, la creatividad original y el juicio ético deben prevalecer siempre sobre las decisiones automatizadas. La IA potencia, no reemplaza, la capacidad humana.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Responsabilidad y Rendición de Cuentas

Cada usuario es el único responsable del contenido que genera, valida o difunde utilizando herramientas de IA. La responsabilidad final sobre la veracidad, la calidad y las consecuencias del trabajo o de las decisiones no es delegable ni a la máquina ni a la universidad.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Integridad Académica y Científica

La honestidad, la transparencia y la originalidad son los pilares de la vida académica. La IA debe usarse para enriquecer el aprendizaje y la investigación, no para cometer plagio, falsificar datos o incurrir en cualquier forma de deshonestidad.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Evaluación Crítica

Todo resultado producido por una IA debe ser tratado con escepticismo. Es un deber verificar la información, identificar posibles sesgos, errores o «alucinaciones», y contrastar los resultados con fuentes fiables antes de su uso o difusión.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Privacidad y Confidencialidad

Se debe proteger rigurosamente la información personal y los datos sensibles propios y de terceros. Está prohibido introducir datos confidenciales en plataformas de IA que no garanticen su protección, en cumplimiento con la legislación vigente y las normas institucionales al respecto.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Equidad e Inclusión

La adopción de la IA debe buscar reducir las brechas existentes, no crear nuevas. Se debe garantizar un acceso equitativo a las herramientas y oportunidades, y vigilar activamente que los algoritmos no perpetúen ni amplifiquen sesgos discriminatorios.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Transparencia

Los usuarios deben ser transparentes sobre su uso de la IA. La Universidad, a su vez, será transparente sobre los sistemas de IA que implemente en sus procesos administrativos y académicos, informando a la comunidad sobre su uso y funcionamiento general.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Responsabilidad Social Universitaria y Sostenibilidad

Compromiso con el bien común, reducción de brechas, diseño centrado en las comunidades y minimización del impacto ambiental (Green AI).

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Faltas al Reglamento

1. Fraude académico y plagio

La presentación de trabajos, ensayos, códigos de programación, exámenes o cualquier producto académico generado por una IA como si fuera de autoría propia, constituye una falta contra la integridad académica. Dicha conducta será tratada como plagio o fraude, según lo estipulado en los Reglamentos Estudiantiles […] y acarreará las sanciones disciplinarias correspondientes.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

2. Conducta científica inapropiada

La utilización de IA para fabricar, falsificar o manipular datos en un proyecto de investigación, así como el no declarar su uso en la metodología o en el desarrollo de este, constituye una violación a la ética investigativa

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

3. Actos contra la convivencia

La creación de contenido mediante IA (ej. deepfakes, textos difamatorios) para acosar, suplantar la identidad, intimidar o dañar la honra de cualquier miembro de la comunidad universitaria, será considerada una falta

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

4. Violación de confidencialidad

El uso de herramientas de IA para tratar datos personales de estudiantes, docentes o administrativos sin el debido consentimiento o en contravención de la Política de Tratamiento de Datos Personales, constituye una falta y compromete la responsabilidad del individuo implicado.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Alcance y aplicabilidad de la Normativa

Parte del contrato y de la matrícula

El presente Reglamento de IA hace parte integral de los contratos de trabajo de funcionarios y del acuerdo de matrícula de los estudiantes de pregrado y postgrado, de los estudiantes de cursos y diplomados e incluye a los graduandos de la Universidad de Boyacá.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Para estudiantes

Los usos permitidos y prohibidos de la IA en la UdeB, sus deberes y derechos, y el formato que acompañe su declaración.

¿Puedo o no puedo?

PERMITIDO

Desglose de conceptos complejos

Utilizar la IA como un tutor para desglosar teorías, modelos o conceptos abstractos.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PERMITIDO

Lluvia de ideas

Interactuar con la IA como un interlocutor para debatir ideas. Se le puede pedir que actúe como un crítico, que proponga contraargumentos a una tesis

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PERMITIDO

Mapas conceptuales

Pedir a la IA que organice un tema central en un mapa conceptual o un esquema jerárquico.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PERMITIDO

Cronogramas de estudio

Emplear la IA para diseñar un plan actividades de estudio detallado para un período académico, un examen final o un proyecto de gran envergadura.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
CONDICIONADO

Búsqueda bibliográfica preliminar

es una responsabilidad ineludible del estudiante buscar, leer y validar estas fuentes en las bases de datos académicas de la universidad.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
CONDICIONADO

Mejorar el estilo de un borrador propio

Una vez que el estudiante ha redactado un borrador con sus propias ideas y palabras, puede usar la IA como un editor avanzado.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
CONDICIONADO

Generar código o fórmulas

Es responsabilidad absoluta del estudiante comprender cada línea del código o cada paso de la fórmula, ser capaz de explicar su lógica, adaptarla a su proyecto y documentarla adecuadamente.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
CONDICIONADO

Crear imágenes para trabajos

El estudiante debe asegurarse de que estas imágenes sean conceptualmente precisas y debe citar la herramienta utilizada

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PERMITIDO

Simulacro de sustentación

Prepararse para una sustentación pidiéndole a la IA que asuma el rol de un jurado evaluador.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PERMITIDO

Practicar idiomas

Utilizar la IA para mantener conversaciones escritas o de voz en otro idioma.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PROHIBIDO

Generar el trabajo y entregarlo como propio

Queda estrictamente prohibido el uso de herramientas de IA para generar textos, código, soluciones a problemas o cualquier otro contenido y presentarlo como una creación propia.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PROHIBIDO

Pegar datos personales o de salud

la prohibición de introducir información personal sensible, como números de identificación, datos de salud, información financiera

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PROHIBIDO

Deepfakes de compañeros o docentes

Queda terminantemente prohibido el uso de IA para […] suplantar la identidad de compañeros o docentes (deepfakes)

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025
PROHIBIDO

Usar IA sin declararlo

el estudiante está obligado a declarar de manera explícita y detallada el uso de cualquier herramienta de IA en la elaboración de sus trabajos.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Deberes del estudiante

Integridad académica y originalidad

Queda estrictamente prohibido el uso de herramientas de IA para generar textos, código, soluciones a problemas o cualquier otro contenido y presentarlo como una creación propia. Esta práctica se considera una forma de deshonestidad académica, constituye plagio, y será sancionada según el Reglamento estudiantil vigente.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

El uso apropiado se circunscribe a la asistencia en fases preliminares como la ideación de temas, la esquematización de argumentos o la optimización estilística y gramatical de un contenido ya creado y comprendido por el estudiante.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Apropiación del conocimiento

Las herramientas de IA deben ser empleadas como un catalizador para la comprensión profunda, no como un mecanismo para eludir el estudio y la reflexión.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Pensamiento crítico y verificación

El estudiante debe operar bajo la premisa de que los sistemas de IA no son infalibles y pueden generar información incorrecta, sesgada, desactualizada o ficticia («alucinaciones»). Es su responsabilidad indelegable ejercer un escepticismo saludable y validar rigurosamente cualquier dato, afirmación o fuente proporcionada por una IA.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Este deber se materializa contrastando la información con fuentes académicas primarias y secundarias fiables, como artículos de revistas indexadas, libros y bases de datos científicas suscritas por la universidad. La confianza ciega en la información generada por una máquina, sin un proceso de verificación diligente, denota una falta de rigor académico.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Declaración y atribución explícita

el estudiante está obligado a declarar de manera explícita y detallada el uso de cualquier herramienta de IA en la elaboración de sus trabajos. […] Dicha atribución debe detallar qué herramienta se utilizó, en qué fases del trabajo y con qué propósito específico.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Protección de datos personales y sensibles

Esto implica la prohibición de introducir información personal sensible, como números de identificación, datos de salud, información financiera, situaciones personales confidenciales o datos de proyectos de investigación no publicados, en plataformas de IA, especialmente en aquellas de carácter público o cuyos términos de servicio no garanticen la confidencialidad absoluta.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

El manejo de la IA debe ser anónimo y despersonalizado para evitar que la información privada sea utilizada para entrenar modelos o sea expuesta a brechas de seguridad.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Diálogo y consulta académica

El principal referente para la orientación académica es y seguirá siendo el docente. Ante cualquier duda sobre los límites del uso de la IA en una asignatura o tarea, la responsabilidad del estudiante es buscar proactivamente la aclaración y la orientación de su docente.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Respeto a la propiedad intelectual

está prohibido utilizar la IA de manera que infrinja deliberadamente la propiedad intelectual de terceros. Esto incluye la reproducción no autorizada de textos, imágenes, música o cualquier otra obra protegida.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Ciudadanía digital y convivencia

Queda terminantemente prohibido el uso de IA para crear o difundir desinformación, generar contenido difamatorio, suplantar la identidad de compañeros o docentes (deepfakes), o llevar a cabo cualquier forma de acoso, intimidación o discurso de odio.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Bienestar y desarrollo cognitivo sostenible

Esto implica un uso consciente y moderado de estas herramientas para evitar una dependencia excesiva que pueda atrofiar habilidades fundamentales como la memoria, el pensamiento crítico autónomo, la resolución de problemas sin asistencia tecnológica y la creatividad original.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

El deber se materializa en la autogestión del tiempo de uso, en la priorización del esfuerzo mental propio antes de recurrir a la asistencia de la IA, y en la reflexión crítica sobre cómo el uso de estas herramientas está impactando sus propios procesos de pensamiento y aprendizaje a largo plazo.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Derechos del estudiante

Uso formativo y responsable de la IA

A utilizar herramientas de IA como apoyo a su aprendizaje cuando estén permitidas, siempre que se respeten la integridad académica y los lineamientos institucionales.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Información clara

A recibir de cada docente indicaciones explícitas sobre qué usos de IA están permitidos, restringidos o prohibidos en una actividad académica.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Transparencia en el uso

A ser informados cuando se empleen sistemas de IA para apoyar la calificación, el proctoring o cualquier forma de monitoreo académico, incluyendo su finalidad y el tipo de datos procesados.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Protección de datos

A que sus datos personales, académicos y de evaluación no sean introducidos en sistemas de IA que no cumplan la normativa de protección de datos o las políticas institucionales.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Revisión humana de decisiones automatizadas

A solicitar revisión por parte de una persona responsable cuando una decisión académica afecte de manera significativa su trayectoria y haya sido tomada o sugerida por un sistema de IA.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Igualdad de acceso

A contar, en la medida de las posibilidades institucionales, con acceso equitativo a las herramientas de IA aprobadas o con alternativas académicamente equivalentes cuando existan barreras tecnológicas o de conectividad.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Formación en el uso de IA

A recibir orientación y espacios de formación que fortalezcan su capacidad para utilizar la IA con pensamiento crítico, responsabilidad y respeto por la integridad académica.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Reconocimiento de su autoría

A que, aun cuando empleen herramientas de IA como apoyo, se reconozca su aporte intelectual original en los trabajos académicos, y a que no se les exija ceder de manera injustificada sus derechos de autor.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Entorno digital seguro

A que la IA no sea utilizada por otros miembros de la comunidad para acosarlos, suplantar su identidad o vulnerar su honra, y a contar con canales para denunciar dichas conductas.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025

Cuánta IA puede usar — Acuerdo 1944, artículo 7

El artículo 7 fija umbrales máximos de uso de IA que varían según el tipo de trabajo académico y el nivel de formación. El docente o el director del programa pueden fijar límites más estrictos, comunicándolo por escrito al estudiante antes de iniciar el proceso.

Ver el artículo 7 completo en el Acuerdo 1944 (página 6) ↗

Qué es el FOR-IA-001 y cuándo se entrega — artículos 10, 11, 12 y 13

Es el formato oficial con el que se declara el uso o no uso de Inteligencia Artificial en un trabajo académico; su diligenciamiento es obligatorio para la validez institucional del trabajo. Se presenta en los siguientes momentos, según el nivel de formación:

Pregrado y especialización — artículo 10

  1. Inscripción del anteproyecto o propuesta de trabajo de grado.
  2. Entrega final del documento escrito. El director firma la sección 7.

El estudiante de pregrado o de especialización presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: inscripción del anteproyecto o propuesta de trabajo de grado, declarando el uso proyectado o nulo de IA; y entrega final del documento escrito, declarando el uso efectivo de IA durante toda la elaboración del trabajo. El director del trabajo firma la sección 7 (validación).

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 10

Maestría — artículo 11

  1. Aprobación del anteproyecto por el Comité de Investigaciones.
  2. Presentación del informe de avance (primer corte).
  3. Entrega final de la tesis.

El estudiante de maestría presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: aprobación del anteproyecto de tesis por el Comité de Investigaciones de la Facultad; presentación del informe de avance (primer corte); y entrega final de la tesis, con declaración completa y definitiva cuya coherencia con la sección metodológica verificará el tribunal evaluador.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 11

Doctorado — artículo 12

  1. Aprobación del proyecto por el Comité Doctoral, con el plan de gobernanza de IA.
  2. Informe de avance anual.
  3. Pre-defensa, si aplica en el programa.
  4. Entrega final de la tesis doctoral.

El candidato doctoral presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: aprobación del proyecto de investigación doctoral por el Comité Doctoral, con declaración detallada del plan de gobernanza del uso de IA; informe de avance anual; pre-defensa (si aplica en el programa); y entrega final de la tesis doctoral, con declaración definitiva y el mayor nivel de detalle. El Tribunal de Grado tendrá el formato como elemento de evaluación de la integridad científica de la tesis.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 12
Antes de inscribir el anteproyecto debe asistir y aprobar el taller institucional “IA en tu trabajo de grado y en tu investigación”, de dos horas (Acuerdo 1944, art. 13). La coordinación del programa certifica el cumplimiento. Sin el formato, la Secretaría General suspende el trámite de grado (art. 21).

Para docentes

Los docentes, como guías del proceso educativo, tienen la responsabilidad de integrar la IA pedagógicamente sólida, innovadora y éticamente viable.

Deberes del docente — artículo 19

Art. 19 · a

De Diseño Pedagógico y Evaluativo Innovador con IA

El docente tiene la responsabilidad de evolucionar sus estrategias de enseñanza y evaluación para responder al nuevo contexto tecnológico y especialmente de la IA. Esto implica diseñar experiencias de aprendizaje y métodos de evaluación que enfaticen el desarrollo de competencias de orden superior, como el pensamiento crítico, la resolución de problemas complejos, la creatividad y la argumentación oral. La forma de…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal a
Art. 19 · b

De Mentoría y Orientación Pedagógica Explícita

Es responsabilidad del docente actuar como tutor, estableciendo un marco de uso de la IA claro y explícito para sus estudiantes. Este deber se ejerce comunicando de manera inequívoca en el Syllabus y en las instrucciones de cada tarea qué herramientas de IA están permitidas, para qué fines y cómo debe ser reportado su uso. La orientación debe verificar y controlar el uso de la IA en los trabajos presentados e…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal b
Art. 19 · c

De Fomentar la Creatividad y el Pensamiento Crítico

El docente debe promover activamente que los estudiantes utilicen la IA como una herramienta de ayuda y como una forma de incentivar la innovación con el compromiso de verificar el conocimiento adquirido por parte del estudiante. Esto se logra diseñando desafíos académicos donde la IA actúe como un socio de ideación, una herramienta de prototipado rápido o un generador de escenarios hipotéticos que estimulen la…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal c
Art. 19 · d

De Actualización y Desarrollo Profesional Continuo

El docente tiene el deber de mantenerse activamente informado sobre la rápida evolución de las tecnologías de IA y sus implicaciones pedagógicas y disciplinares. Esta responsabilidad se materializa mediante la participación en programas de formación, la exploración autónoma de nuevas herramientas, la colaboración en comunidades de práctica docente y la adaptación continua de sus métodos de enseñanza para asegurar su…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal d
Art. 19 · e

De Transparencia y Protección de Datos Estudiantiles

El docente debe ser completamente transparente si utiliza sistemas de IA en su labor docente, por ejemplo, para la evaluación de trabajos o la personalización de la retroalimentación. Asimismo, tiene la responsabilidad ineludible de proteger la privacidad de sus estudiantes, lo que prohíbe cargar información personal o académica identificable en…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal e
Art. 19 · f

De Liderazgo en la Evolución Curricular de su Disciplina

Esta responsabilidad trasciende la adaptación de cursos individuales y posiciona al docente como un agente clave en la transformación de su campo de estudio. El docente tiene el deber de analizar prospectivamente cómo la IA está redefiniendo las competencias profesionales, los marcos teóricos y las prácticas de su disciplina. A partir de este análisis, debe proponer la actualización de los planes de estudio,…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal f
Art. 19 · g

De Garantizar la Equidad y la Accesibilidad en el Uso de la IA

El docente debe ser un garante de la equidad en su aula. Es su responsabilidad asegurarse de que la integración de la IA en sus prácticas pedagógicas no cree o aumente las brechas entre los estudiantes. Esto implica tomar medidas conscientes para no depender exclusivamente de herramientas de IA de pago o que requieran un alto poder computacional. El deber se materializa al priorizar el uso de herramientas de acceso…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal g
Art. 19 · h

De Modelar la Vulnerabilidad Intelectual y el Aprendizaje Permanente

En un entorno tecnológico que cambia rápidamente, el docente tiene la responsabilidad de modelar para sus estudiantes una de las competencias más importantes del siglo XXI: la capacidad de aprender, desaprender y reaprender. Esto implica abandonar la postura del "experto que todo lo sabe" y adoptar la de un "aprendiz avanzado y guía". El docente debe mostrarse abierto a explorar nuevas herramientas junto a sus…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 19, literal h

Derechos del docente — artículo 20

Art. 20 · a

A la autonomía pedagógica en la integración de IA

A decidir, dentro del marco de los lineamientos institucionales, cómo y en qué medida integrar herramientas de IA en sus cursos, metodologías y estrategias de

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal a
Art. 20 · b

A la formación y acompañamiento institucional

A acceder a programas de capacitación, actualización y apoyo técnico que les permitan usar la IA de manera pedagógicamente pertinente, ética y

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal b
Art. 20 · c

A disponer de herramientas institucionales autorizadas

A contar, en la medida de las capacidades de la Universidad, con acceso a plataformas de IA licenciadas o aprobadas institucionalmente para apoyar la docencia y la

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal c
Art. 20 · d

A la protección de su autonomía y juicio profesional

A que ningún sistema de IA sustituya su criterio académico en decisiones de evaluación, aprobación o reprobación de estudiantes, ni en la definición de contenidos

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal d
Art. 20 · e

A la protección de sus datos y producción intelectual

A que sus materiales docentes, investigaciones y datos personales no se carguen en sistemas de IA sin su conocimiento y sin las garantías de protección de datos y propiedad intelectual exigidas por la normativa

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal e
Art. 20 · f

A la transparencia en el uso institucional de IA

A ser informados cuando la Universidad implemente sistemas de IA que afecten sus funciones docentes o de investigación, así como sobre sus objetivos generales y el tipo de datos

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal f
Art. 20 · g

A participar en la gobernanza de la IA

A ser consultados, a través de los órganos colegiados y comités pertinentes, en la elaboración, revisión y actualización de políticas institucionales sobre el uso de IA en la

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal g
Art. 20 · h

A condiciones equitativas en la evaluación de su desempeño

A que los sistemas de IA que eventualmente apoyen la evaluación de su desempeño docente o investigativo no sean el único criterio de decisión y estén sujetos a supervisión y revisión

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 20, literal h

Lo que agrega el Acuerdo 1944 — artículo 7

Puede endurecer el límite (parágrafo 1)

Los porcentajes del artículo 7 son máximos institucionales. Usted puede fijar límites más estrictos en el syllabus o en el plan de trabajo, comunicándolo por escrito al estudiante antes de iniciar el proceso.

Puede ampliar, con justificación (art. 7)

En el trabajo final de asignatura o proyecto integrador puede ampliar hasta 30 % con justificación pedagógica documentada.

Verifica la coherencia (art. 7)

El director del trabajo verifica que lo declarado en el FOR-IA-001 coincida con el texto entregado, y firma la sección 7.

Las herramientas de detección de contenido generado por IA disponibles en el LMS o en SIIUB pueden apoyar la medición, pero no son el único ni el determinante criterio de evaluación.

Para investigadores

Los investigadores deben emplear la IA con el máximo rigor metodológico, siguiendo los principios éticos de la investigación.

Deberes del investigador — artículo 21

Art. 21 · a

De Rigor Científico y Validación de Resultados

El investigador es el garante final de la validez de su trabajo. Cualquier resultado, patrón o conclusión generado con la asistencia de una IA debe ser sometido a un riguroso proceso de validación independiente, utilizando métodos estadísticos y/o analíticos convencionales. No se puede delegar el juicio científico en un algoritmo. La IA es un instrumento de información y/o análisis, no una fuente de verdad…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal a
Art. 21 · b

De Transparencia y Reproducibilidad en la Metodología

Para asegurar la integridad y la reproducibilidad de la ciencia, el investigador está obligado a documentar y reportar de manera exhaustiva el uso de la IA en la sección metodológica de sus publicaciones. Debe especificar el modelo de IA utilizado (incluyendo su versión), los parámetros de configuración, la naturaleza de los datos de entrenamiento y el proceso exacto mediante el cual la herramienta fue empleada.…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal b
Art. 21 · c

De Ética en la Investigación, Manejo de Datos y Propiedad Intelectual

Toda investigación que emplee IA debe someterse y adherirse a los protocolos del Comité de Ética y Bioética y del comité de propiedad intelectual de la universidad. Esto es especialmente crítico cuando se utilizan seres vivos o bases de datos con información personal o institucional. El investigador debe garantizar la obtención de consentimientos informados, la completa anonimización de los datos, la gestión segura…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal c
Art. 21 · d

Sobre la Autoría y la Propiedad Intelectual

La autoría de una obra científica se reserva exclusivamente a las personas que han realizado una contribución intelectual sustancial a la misma. Las herramientas de IA, al ser instrumentos, no pueden ser designadas como coautoras. Su uso debe ser reconocido de forma apropiada, ya sea en la sección de metodología o en los agradecimientos, pero nunca en la línea de autores. El investigador es responsable de delimitar…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal d
Art. 21 · e

De Evaluación y Mitigación de Sesgos (equidad algorítmica)

El investigador tiene la responsabilidad primordial de analizar, identificar y mitigar activamente los sesgos que puedan estar presentes en los datos de entrenamiento, los modelos algorítmicos y los resultados de la investigación. Debe reconocer que la IA puede perpetuar y amplificar desigualdades sociales existentes. Este deber se ejerce mediante la implementación de técnicas de auditoría de sesgos en las distintas…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal e
Art. 21 · f

De Gobernanza y Procedencia de los Datos de Investigación (data provenance)

Más allá de la seguridad, el investigador es responsable de la gobernanza integral del ciclo de vida de los datos utilizados en su investigación. Esto implica mantener un registro meticuloso de la procedencia de los datos (provenance), asegurando que fueron obtenidos de manera lícita y ética. Debe garantizar la calidad, integridad y trazabilidad de los conjuntos de datos, especialmente aquellos utilizados para…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal f
Art. 21 · g

De Divulgación Científica y Compromiso Público

La responsabilidad del investigador se extiende más allá de la publicación en revistas especializadas. Tiene el deber de contribuir al diálogo público y a la comprensión social de la información generada de la IA. Esto se ejerce traduciendo los hallazgos complejos de su investigación a un lenguaje accesible para no expertos, participando en foros de divulgación, y colaborando con medios de comunicación y la sociedad…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 21, literal g

Derechos del investigador — artículo 22

Art. 22 · a

Al acceso a infraestructuras y herramientas de IA para investigación

Disponer, en la medida de las capacidades institucionales, de recursos tecnológicos, licencias y asesoría técnica que faciliten el empleo de IA en sus proyectos de

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal a
Art. 22 · b

A apoyo ético y jurídico especializado

Recibir acompañamiento del Comité de Ética y Bioética y de las dependencias competentes para resolver dudas éticas, legales y de protección de datos asociadas al uso de IA en sus

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal b
Art. 22 · c

A la libertad de elección metodológica

Definir con autonomía científica cuándo, cómo y en qué medida emplear herramientas de IA dentro de sus diseños de investigación, siempre que se respeten los lineamientos institucionales y la normativa

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal c
Art. 22 · d

A la protección y gobernanza adecuada de los datos de investigación

Que los datos recolectados o generados en sus proyectos, incluidos los utilizados para entrenar modelos de IA, cuenten con medidas de seguridad, confidencialidad y trazabilidad acordes con las mejores prácticas científicas e

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal d
Art. 22 · e

Al reconocimiento de la autoría humana

Que la autoría de artículos, libros, software y demás productos académicos recaiga en las personas que realizan aportes intelectuales sustanciales, dejando a la IA como herramienta y no como

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal e
Art. 22 · f

A la transparencia en la valoración de la producción científica asistida por IA

Que el uso declarado de IA en etapas del proceso investigativo no sea motivo de descalificación automática de sus productos, sino que se valore su rigor metodológico y su aporte

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal f
Art. 22 · g

A la protección de la propiedad intelectual de desarrollos basados en IA

Que la Universidad les brinde orientación y mecanismos para proteger, registrar y gestionar la propiedad intelectual de modelos, algoritmos, aplicaciones y demás desarrollos que involucren

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal g
Art. 22 · h

A participar en la definición de políticas de IA para la investigación

Contribuir, a través del CIPADE y comités pertinentes, en la elaboración y actualización de lineamientos institucionales sobre la investigación con y sobre

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 22, literal h

Cuándo entrega el FOR-IA-001 — artículo 15

Investigador principal o equipo

  1. Registro del proyecto en CIPADE o ante la Vicerrectoría, con el plan de gobernanza de IA.
  2. Informes de avance periódicos, con el capítulo “Gobernanza del uso de IA en el período”.
  3. Cada producto derivado lleva su propio formato diligenciado.
  4. Informe final del proyecto.

Momentos de entrega — artículo 15

El investigador principal o el equipo de investigación presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: registro del proyecto en CIPADE o ante la Vicerrectoría, con una sección obligatoria sobre el plan de gobernanza de IA; presentación de los informes de avance periódicos, con el capítulo «Gobernanza del uso de IA en el período»; por cada producto derivado del proyecto (artículo, ponencia, informe, consultoría y demás), que deberá llevar su propio FOR-IA-001 diligenciado; e informe final del proyecto, con la declaración completa y definitiva del uso de IA durante toda la ejecución.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 15

El párrafo que debe ir en el texto — artículo 16

Durante la elaboración de este [artículo/proyecto/trabajo], los autores utilizaron [nombre de la herramienta, versión] con el propósito de [especificar: mejorar la claridad y fluidez del texto / realizar análisis estadístico / sintetizar literatura / traducir / generar figuras — según corresponda]. El output generado por la herramienta fue revisado, editado y validado críticamente por los autores, quienes asumen plena responsabilidad sobre el contenido final publicado. [Si no se utilizó IA: Los autores declaran que no utilizaron herramientas de IA en la elaboración de este artículo.]

Qué evalúa el Comité de Ética y Bioética — artículo 19

Minimización de datos

Que entre la menor cantidad posible de datos personales identificables y existan medidas de anonimización previa.

Consentimiento informado

Que el consentimiento informado especifique qué herramienta se usará y con qué finalidad.

Riesgo de sesgos

Que se hayan identificado y documentado los sesgos posibles y las estrategias de mitigación.

Reproducibilidad

Que estén documentados modelo, versión y parámetros, de modo que los hallazgos puedan replicarse.

Criterios de evaluación — artículo 19

El Comité de Ética y Bioética incorporará los siguientes criterios específicos de evaluación para proyectos con uso de IA: minimización de datos personales; consentimiento informado cualificado, cuando los datos de participantes sean procesados por herramientas de IA; evaluación del riesgo de sesgos algorítmicos; reproducibilidad del análisis; y protocolos de seguridad y confidencialidad de los datos procesados con IA, especialmente datos sensibles de salud, menores de edad, comunidades étnicas o grupos en situación de vulnerabilidad.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 19

Para el Personal administrativo y Directivo

Ecosistema normativo, tecnológico y de apoyo para una adopción segura, coherente y beneficiosa de la IA.

Deberes del funcionario — artículo 23

Art. 23 · a

De Proveer una Infraestructura Tecnológica Segura y Adecuada

Es responsabilidad de la División de Tecnología, realizar una debida búsqueda para adquirir, licenciar o recomendar cualquier plataforma de IA. Se debe garantizar que las herramientas seleccionadas cumplan con los más altos estándares de seguridad, cifrado de datos y protección de la privacidad, asegurando la conformidad con la Ley 1581 de 2012 de Colombia y otras normativas aplicables. La infraestructura debe ser…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 23, literal a
Art. 23 · b

De Supervisión, Auditoría y Rendición de Cuentas

La institución debe establecer mecanismos formales para el monitoreo del uso de las tecnologías de IA, especialmente aquellas que toman decisiones que afectan a las personas. Esto incluye la realización de auditorías periódicas para detectar y mitigar sesgos algorítmicos, así como la creación de canales claros para que cualquier miembro de la comunidad pueda reportar fallos, comportamientos anómalos o resultados…

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 23, literal b

Derechos del funcionario — artículo 24

Art. 24 · a

Derecho a la información y transparencia sobre la IA institucional

Conocer las políticas, proyectos y sistemas de IA que se adopten y que puedan impactar sus funciones, procesos o condiciones

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal a
Art. 24 · b

Derecho a la capacitación para el uso de IA

Recibir formación y acompañamiento para comprender, utilizar y gestionar las herramientas de IA vinculadas a sus

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal b
Art. 24 · c

Derecho a la protección de sus datos personales, laborales y estratégicos

Que su información personal, laboral y, en el caso del personal directivo, la información estratégica institucional, sea tratada con confidencialidad y según la normativa de protección de

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal c
Art. 24 · d

Derecho a la revisión humana de decisiones automatizadas

Solicitar revisión y explicación humana cuando decisiones relevantes sobre su desempeño, permanencia, promoción u otras condiciones laborales se fundamenten en sistemas de

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal d
Art. 24 · e

Derecho al respeto de su criterio profesional y responsabilidad humana

Que la IA se utilice como herramienta de apoyo y no como sustituto de su juicio profesional ni de sus responsabilidades legales o

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal e
Art. 24 · f

Derecho a participar en la definición y mejora de la IA institucional

Aportar, desde su rol, observaciones, sugerencias y criterios en la formulación, actualización y mejora de las políticas y sistemas de IA que afecten sus

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal f
Art. 24 · g

Derecho a condiciones de trabajo equitativas en entornos mediadas por IA

Que la introducción de IA no genere cargas laborales desproporcionadas, vigilancia excesiva ni prácticas que vulneren su dignidad y

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal g
Art. 24 · h

Derecho a la asesoría técnica y jurídica en la adopción y uso de IA

Contar con el apoyo de dependencias especializadas cuando deban evaluar, aprobar o utilizar sistemas de IA en los procesos administrativos o de

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal h
Art. 24 · i

Derecho a la gestión responsable de riesgos asociados a la IA

Que existan mecanismos para identificar, evaluar y mitigar riesgos derivados del uso de IA, y a que puedan reportar fallas o impactos negativos para su análisis y

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1904 de 2025 · Art. 24, literal i
El Acuerdo 1904 hace parte integral de los contratos de trabajo del personal docente y administrativo. El incumplimiento se gestiona conforme al Reglamento Interno de Trabajo (Acuerdo 1944, art. 23).

FOR-IA-001: Declaración del uso de IA

Instrumento oficial y obligatorio de la UdeB para declarar el uso de la Inteligencia Artificial (Acuerdo 1944, art. 1).

Formato FOR-IA-001

Descarga el formato oficial para declarar el uso de Inteligencia Artificial.

Descargar el formato

Estructura del FOR-IA-001 - Artículo Tercero

  1. Identificación del trabajo y del autor o autores.
  2. Declaración de uso o no uso de Inteligencia Artificial.
  3. Detalle por herramienta o sistema de IA utilizado.
  4. Fases del proceso en que intervino la IA (catorce fases).
  5. Declaración sobre autoría, integridad académica y propiedad intelectual.
  6. Observaciones adicionales y detalles técnicos.
  7. Firmas del autor, director o docente evaluador, co-autores y sello institucional.

Dos versiones derivadas

FOR-IA-001-PUB

Versión condensada para publicaciones externas en revistas indexadas o eventos científicos.

FOR-IA-001-S

Versión pedagógica simplificada para semilleros de investigación y actividades formativas tempranas.

Referencia para la declaración — artículo 16

Texto de la declaración — artículo 16

Durante la elaboración de este [artículo/proyecto/trabajo], los autores utilizaron [nombre de la herramienta, versión] con el propósito de [especificar: mejorar la claridad y fluidez del texto / realizar análisis estadístico / sintetizar literatura / traducir / generar figuras — según corresponda]. El output generado por la herramienta fue revisado, editado y validado críticamente por los autores, quienes asumen plena responsabilidad sobre el contenido final publicado. [Si no se utilizó IA: Los autores declaran que no utilizaron herramientas de IA en la elaboración de este artículo.]

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 16

Cuándo se declara

Estudiante de especialización — art. 10

El estudiante de pregrado o de especialización presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: inscripción del anteproyecto o propuesta de trabajo de grado, declarando el uso proyectado o nulo de IA; y entrega final del documento escrito, declarando el uso efectivo de IA durante toda la elaboración del trabajo. El director del trabajo firma la sección 7 (validación).

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 10

Estudiante de maestría — art. 11

El estudiante de maestría presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: aprobación del anteproyecto de tesis por el Comité de Investigaciones de la Facultad; presentación del informe de avance (primer corte); y entrega final de la tesis, con declaración completa y definitiva cuya coherencia con la sección metodológica verificará el tribunal evaluador.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 11

Candidato doctoral — art. 12

El candidato doctoral presentará el FOR-IA-001 en los siguientes momentos: aprobación del proyecto de investigación doctoral por el Comité Doctoral, con declaración detallada del plan de gobernanza del uso de IA; informe de avance anual; pre-defensa (si aplica en el programa); y entrega final de la tesis doctoral, con declaración definitiva y el mayor nivel de detalle. El Tribunal de Grado tendrá el formato como elemento de evaluación de la integridad científica de la tesis.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 12

Todo estudiante, antes del anteproyecto — art. 13

Todo estudiante que inicie un proceso de trabajo de grado, tesis de maestría o tesis de doctorado deberá asistir y aprobar el taller institucional «IA en tu trabajo de grado y en tu investigación», de dos (2) horas de duración, en el cual se explica el FOR-IA-001, se practica su diligenciamiento y se orientan los límites porcentuales aplicables. La coordinación del programa certificará el cumplimiento de este requisito antes de la inscripción del anteproyecto.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 13

Comité de Ética y Bioética — garante del uso del FOR-IA-001

Rol del Comité de Ética y Bioética — artículo 18

El Comité de Ética y Bioética de la Universidad de Boyacá actuará como coordinador, responsable y garante del proceso de uso del formato de uso de IA. Para esto deberá incluir en sus procesos y procedimientos lo pertinente para su verificación y revisará y dará aval o no a los proyectos.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 18

Criterios de evaluación del Comité de Ética y Bioética — artículo 19

El Comité de Ética y Bioética incorporará, entre otros, los siguientes criterios específicos de evaluación para proyectos con uso de IA: minimización de datos personales, consentimiento informado cualificado, evaluación del riesgo de sesgos algorítmicos, reproducibilidad del análisis, y protocolos de seguridad y confidencialidad de los datos procesados con IA.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 19

Competencias del Comité de Ética y Bioética — artículo 20

El Comité de Ética y Bioética tendrá competencia para: emitir concepto previo y vinculante sobre el plan de gobernanza de IA en proyectos de riesgo medio o alto; solicitar al investigador la actualización o corrección del FOR-IA-001 cuando detecte inconsistencias; ordenar la suspensión del uso de IA en una fase del proyecto; emitir concepto sobre casos particulares; y documentar y publicar casos anonimizados de buenas y malas prácticas en el uso de IA.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 20

Sanciones al incumplimiento del FOR-IA-001

Régimen disciplinario aplicable — artículo 22

El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Acuerdo se gestionará conforme a las normas disciplinarias aplicables al estamento del infractor: para estudiantes, el Reglamento Estudiantil de Pregrado o de Postgrado vigente; para docentes, el Reglamento de Personal Docente y el Reglamento Interno de Trabajo; para el personal administrativo y directivo, el Reglamento Interno de Trabajo y la normativa laboral aplicable; y para investigadores de cualquier estamento, el Reglamento de Investigación y las normas de la Vicerrectoría de Investigación, Ciencia e Innovación.

Recorte del Acuerdo
Acuerdo 1944 de 2026 · Art. 22

Y ante la duda

Recuerda que, tanto el Reglamento de uso de IA como el FOR-IA-001 tienen como alcance las diferentes actividades y roles que se desempeñan en la UdeB, por lo cual su direccionamiento y aprobación se ciñe por los procedimientos institucionales vigentes. De modo que, si se trata de una actividad de clase, la primera instancia que deberás consultar es el docente de la asignatura. En cambio, si eres funcionario administrativo, la primera consulta deberá remitirse a tu jefe inmediato, quien deberá orientar y escalar, de ser necesario, la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

Actividad de clase

El docente de la asignatura, su tutor o el Director de Programa.

Trabajo de grado o investigación

Su asesor o director, el Comité de Investigación (CIPADE) y/o el Comité de Ética y Bioética.

Informe de gestión

Su jefe inmediato y, de ser necesario, su jefe superior jerárquico.

Ver los acuerdos

Este sitio es un resumen. Ante cualquier duda de interpretación, el texto que rige es el del acuerdo original.

Acuerdo 1904 de 2025

Reglamento Institucional para el Uso de la Inteligencia Artificial. Consejo Directivo, 28 de noviembre de 2025.

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Acuerdo 1944 de 2026

Adopta el formato de declaración de uso de IA (FOR-IA-001) y fija los límites porcentuales. Consejo Directivo, 19 de marzo de 2026.

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